Un siglo transcurrido desde la obra de Edmund Noyes.
Javier Sanz.
Académico de Número de la Real Academia Nacional de Medicina de España.
Magister en Bioética Clínica (UCM).
Profesor de “Historia de la Odontología y Bioética” (UCM).
Es bien sabido que, en la civilización occidental, la ética médica hunde sus raíces en la medicina helénica, helenística y romana, con especial significación en el Corpus hipocrático[1]. En este repertorio, crucial para el desarrollo de la Medicina, abundan pasajes que marcan un comportamiento ideal al que tender en la relación entre el médico y el enfermo, o el paciente. Uno de los más significativos es el que aparece en el tratado titulado “Epidemias I”, atribuido al propio Hipócrates por algunos estudiosos, donde podemos leer lo siguiente: Declara el pasado, diagnostica el presente, pronostica el futuro. En cuanto a las enfermedades, acostúmbrate a hacer dos cosas: ayudar y no causar daño… Desde entonces más de dos milenios han transcurrido con un propósito de “bien obrar” en el médico y para el enfermo, salvo puntuales casos y momentos “oscuros” que han de ser tenidos como excepciones.
De otro lado también es bien sabido, y se resume grosso modo en una frase que ha hecho fortuna no sin razón, que “la Medicina –valga para sus especialidades, entre ellas la Odontología- ha avanzado más en los últimos treinta años que en los últimos treinta siglos”, lo cual se debe a algunos factores, entre los principales al menos estos cuatro: el desarrollo espectacular de la Biología, la toma de conciencia de los riesgos de la investigación científica, la aplicación de las nuevas tecnologías a la Biomedicina, y la emancipación de los pacientes. Pues bien, es superada la mitad del siglo pasado cuando tiene lugar el nacimiento de la Bioética como disciplina autónoma y, ya, de evolución imparable[2].
No obstante, a día de hoy siguen siendo mayoría los que atribuyen la creación del vocablo “Bioética” al bioquímico y oncólogo estadounidense Van Rensselaer Potter (1911-2001) a raíz de la publicación en 1970 de su artículo Bioethics: The science of survival[3] y, sobre todo, de la edición de su capital libro Bioethics: Bridge to the Future (New Jersey, Prentice Hall, 1971), considerado como la pieza clave en el inicio de esta capital disciplina. Sin embargo, sensu estricto, la paternidad del vocablo le correspondería al teólogo protestante alemán Fritz Jahr (1895-1953), quien realizó tal aportación en un artículo editado nada menos que en el año de 1927 con el título Bio-Ethik: Eine Umschau über die ethischen Beziehungen des Menschen zu Tier und Pflanze[4].
Quiere decirse que si bien a partir de los trabajos de Potter la bioética vivió una eclosión, surgida de los interrogantes que planteó el mencionado desarrollo espectacular de la biología, que suscitó cuestiones inimaginables anteriormente que bien pueden resumirse en la cuestión clave acerca de si todo lo técnicamente posible que afecta al ser humano o al planeta es éticamente aceptable no por ello muchos aspectos de los que hoy se ocupa esta especialidad fueron ignorados, antes al contrario, pues alguno, refiriéndonos ya a la Odontología, fueron planteados casi a mediados del siglo XIX, si bien ajenos a una corriente caudalosa como la que se iniciaría a raíz de los trabajos de Potter y otros autores de su tiempo tan fundamentales como T.L. Beauchamp y J.F. Childress con su obra Principles of Biomedical Ethics (New York, Oxford University Press, 1979).
Así, el “Code of Dental Ethics” fue adoptado en la VI Reunión de la American Dental Association (ADA), celebrada en la temprana fecha de 1866, lo cual supuso un claro avance en lo que nos ocupa. El presidente del comité fue George Watt (1820-1893), médico, dentista, profesor de química y metalurgia en el Ohio College of Dental Surgery y editor, con J. Taft, de algunas publicaciones odontológicas como “Dental Register of the West” y, después, del “Ohio Journal of Dental Science”, además de ejercer como presidente de la ADA. Este temprano código, que dio la pauta a posteriores otros códigos éticos de diversas sociedades dentales de ámbito local o regional, constaba de cuatro artículos: I.- Deberes de la profesión con sus pacientes. II.- Mantenimiento del carácter profesional. III.- Deberes relativos de los dentistas y los médicos. IV.- Deberes mutuos de la profesión y el público. A vista de pájaro pudiera parecer que se trataba más de un asunto deontológico que propiamente bioético, sin embargo no sería acertado delimitar de un tajo ambos aspectos pues, además, mantienen cierta relación.
Particularmente interesante fue la aportación posterior del dentista y escritor norteamericano, Benjamin Adolph Rodrigues Ottolengui[5] (1861-1937) sobre un asunto que conmovió la práctica dental de su tiempo como fue el de las patentes. Un importante trabajo suyo fue leído ante la National Dental Association en 1911 y publicado ese mismo año en “The Dental Cosmos” con el título Dental Ethics and Dental Patents[6]. Para este ilustrado dentista, la ética es la ciencia de vivir correctamente. Por vivir correctamente se entiende que un hombre debe conducirse de tal manera que haga justicia completa a la comunidad en general, a cada hombre con el que entra en contacto, y a sí mismo. El hombre más ético hace justicia en el orden citado: primero a la comunidad, luego a su vecino, y luego a sí mismo. De entrada, Ottolengui reconoce con categoría de ciencia a la “ética general”, para después abordar la definición de “ética dental”, sobre la que así opina y ya entra de lleno en el asunto que entonces preocupaba a buena parte del colectivo odontológico de los EE.UU., las disputas sobre la patente del caucho, material usado como base de las dentaduras: ¿Qué pasa con la ética dental? ¿Puede la ética dental, en cualquier sentido, ser ética si en la práctica trasciende las reglas de la ética general, las reglas de la vida correcta, la regla de dar a cada hombre un trato justo? La proposición se responde a sí misma. La ética dental no puede contradecir más la ética general de lo que puede tener una ordenanza si es contraria a los estatutos del Estado, o la promulgación legislativa puede durar si se considera que se opone a la ley de la Tierra. Por lo tanto, la ética dental puede medirse según los estándares de la ética general, y cualquier inequidad así encontrada debe invalidar la regla; de hecho, cuanto antes se aboliera tal regla, mejor, pues de lo contrario la inequidad podría convertirse en un manto para la inequidad, tal como ocurrió con las reglas no escritas de la ética dental en relación con las patentes dentales.
Ottolengui concluía proponiendo que aquel código ético de 1866 anteriormente citado incluyera a partir de ahora un apartado dedicado a las patentes, para que los inventores de cualquier adelanto en el campo odontológico no quedaran a la intemperie si podía aprovecharse cualquier dentista en su propio beneficio, todo ello tras razonar cabalmente de la siguiente manera: ¿Cree que nuestro arte podría haber alcanzado la etapa actual de la perfección sin la cooperación seria de nuestros fabricantes de productos dentales? y ¿cree que estos fabricantes podrían haber sido inducidos a invertir su capital sin la protección que ofrecen las patentes?
Ambas aportaciones, medio siglo de por medio, quizá sean las más significativas en lo relativo a la ética que podríamos etiquetar de “odontológica”, sin embargo hubo de por medio y en lo sucesivo algunas iniciativas, si bien dispersas, presentadas en reuniones, congresos o insertas en las múltiples revistas, preferentemente norteamericanas, de aquellos tiempos. Estos escritos, en definitiva, fueron redactados con buena voluntad y cierta experiencia aunque más bien pertenecen al ámbito legal, pero sin un sistema metódico sobre el que construir las bases de una ética propia de la odontología y de la profesión odontológica.
Pero si fuera obligatorio proclamar un precursor de una “Bioética odontológica” seguramente convergerían los expertos en el nombre del dentista norteamericano Edmund Noyes, gracias a la publicación de una obra de su autoría que hay que considerar de referencia y que fue editada por primera vez en 1915 bajo el título de Ethics and Jurisprudence for Dentists.
I.- Edmund Noyes. Semblanza biográfica[7].
Edmund Noyes nació el 16 de enero de 1842 en Abington, Massachussets, descendiente de una familia que a mediados del siglo XI pasara de Normandía a Inglaterra. Uno de ellos fue caballero cruzado con Ricardo I. James y Nicholas Noyes llegaron a Newbury en 1634.
La familia de Edmund llegó a Iowa en 1855 y se instaló en una granja próxima a Independence. Hasta los 14 años se educó Edmund en las escuelas de Massachusets y posteriormente en centros públicos y selectos de Independence, durante tres trimestres. Antes de los dieciséis años, enseñó en dos distritos diferentes y durante un verano anduvo en dos condados de Iowa dedicado a la venta de libros sobre la historia de la guerra civil, sin mucho éxito.
En mayo de 1865 comenzó el estudio de la odontología con el doctor E.L. Clarke, en Dubuque, Iowa, ganando su manutención durante un año como conserje de una iglesia. Cursó un año en el Ohio Dental College of Dental Surgery, durante el invierno de 1866-67 y completó su aprendizaje con el Dr. Clarke durante el mes de septiembre siguiente. A finales de octubre de 1867 se trasladó a Chicago y compró el gabinete de Mrs. Lucy Hobbs Taylor –la primera mujer en la historia que obtuvo un título de dentista en una escuela universitaria.-
Tuvo una activa participación en los órganos colegiados de su profesión. En la primavera de 1868 se afilió a la “Chicago Dental Society” de la cual sería posteriormente su secretario de actas y su presidente. También se inscribió en la “Illinois State Dental Society” durante su congreso de 1872, un año después sería nombrado también secretario de actas y durante el curso de 1883-84 fue su presidente, como fue también el presidente de su comité ejecutivo y preparó el programa del congreso de 1886. Asimismo fue miembro de la “Northern Illinois Dental Society” y uno de los diez dentistas que organizaron la “Odontological Society of Chicago”, desempeñando también los cargos de secretario y, después, presidente. Fue miembro de esta última sociedad hasta que se fusionara con la “Chicago Dental Society”, pasando a denominarse “Chicago Odontographic Society”. También se afilió a la “American Dental Association” en 1877 y permaneció como socio hasta su muerte.
En lo que se refiere a su actividad docente, hay que señalar su pertenencia a la “Chicago Dental Infirmary”, que dos años después se transformó en el “Chicago College of Dental Surgery” y en la primera graduación en este centro, en 1884, recibió el grado honorario de D.D.S. Explicó materia médica dental, después patología y terapéutica dental y posteriormente, durante cuatro años, fue profesor de operatoria dental. Cuando en este centro se organizó el Beta Chapter of Delta Sigma Delta Fraternity, fue nombrado miembro honorario vitalicio. En 1891 tomó parte en la reorganización y fue miembro de de la Northestern University Dental School y fue su secretario hasta la combinación con el American College of Dentistry, desempeñando a partir de entonces precisamente el profesorado de ética y jurisprudencia. Como se dice en su obituario, su fidelidad a los grandes ideales en su vida profesional ejerció una poderosa influencia para mejorar la ética entre los dentistas de todo el mundo. Sin embargo, curiosamente, no se cita su tratado de ética, aunque sí se dice que fue autor de numerosos artículos, del capítulo de “Operatoria dental” para una historia de la odontología editada por C.R.E. Koch.
Edmund Noyes estuvo casado cuatro veces. La primera, en 1869, con Elizabeth Miller, de Detroit, Michigan, que murió en 1884. De este matrimonio nacieron cuatro hijos, entre ellos Frederick Bogue Noyes (1872-1971)[8], quien sería célebre histólogo dental y decano del Dental Department de la University of Illinois. Un hijo de éste, Harold J. Noyes (1898-1969)[9], también sería decano de una escuela dental, la University of Oregon Dental School.
En 1886 casó con Mary S. Wells, de Hartford, Connecticut, y tendría tres hijos más, falleciendo la esposa en 1892. Dos años después contraería nupcias con la hermana de ésta, Fanny H. Wells, que murió dos años después. En 1897 lo haría con Adaline C. Horning, de Milwaukee, Wisconsin.
Edmund Noyes falleció, de neumonía, el 28 de marzo de 1927, en Hollywood.
II.- Ethics and Jurisprudence for Dentists.
En 1915 se editó en Chicago (Tucker-Kenworthy Co.) el libro “Ethics and Jurisprudence for Dentists”, cuyo autor aparece en portada como “Edmund Noyes, D.D.S. Professor of Ethics and Jurisprudence in Northwestern University Dental School”. El libro tendría una segunda edición en 1923, con leves modificaciones.
En el prefacio, el autor deja sinceramente clara la poca originalidad de buena parte del texto, advirtiendo que el apartado de ética está tomado principalmente del System of Ethics de Friedrich Paulsen (1846-1908) célebre filósofo alemán (discípulo predilecto de Gustav Theodor Fechner) que en 1896 sucedió a Eduard Zeller como profesor de filosofía moral en Bonn. El libro había sido traducido del alemán al inglés por Frank Tilly, profesor de filosofía en la Cornell University.
Igualmente dice de la materia sobre jurisprudencia, que está inspirada principalmente en el libro “Dental Jurisprudence”de William E. Mikel, profesor de Derecho en la universidad de Pennsylvania, y, en menor medida, en los libros de igual título de Elmer D. Brothers, profesor de Jurisprudencia médica y dental en la de Illinois, y de William F. Rehfuss, doctor en cirugía dental. En la segunda edición, como refiere en un breve prefacio, en este apartado había hecho uso libre de los artículos aparecidos en la revista “The Dental Cosmos” bajo el título de Laws for the Dentist, cuya autoría correspondía a Leslie Childs (1881-1954)[10], los cuales se verían compendiados en la edición que esta revista hiciera en Filadelfia, en un volumen, en el año de 1934 y con este mismo título.
Todavía conviene detenernos en el tercer y último párrafo del prefacio, pues justifica la extensión, para algunos quizá excesiva, del apartado que sobre ética inicia el libro, pero él lo justifica de la siguiente manera: Es posible que alguno pueda pensar que se le ha dado al tema de la ética general un espacio desproporcionado. El escritor cree, sin embargo, que vale la pena para los jóvenes que se preparan para cualquier profesión o negocio alguno dar algo de tiempo para un estudio de los principios fundamentales y las sanciones de la moral y las facultades y disposiciones de la mente y el corazón porque la conducta de la vida debe ser determinada y las normas de derecho deben de ser obedecidas; en otras palabras, las virtudes y deberes que caracterizan a los hombres buenos. La ética profesional puede tener poca autoridad y el mando poco respeto a menos que se entienda que descansan sobre la base sólida de los principios generales de la moralidad[11]. Lo cual no parece sino manifestar un sentir común de aquellos días: que la odontología y otras profesiones, seguramente, bastante tenían con lo que hoy denominamos “Odontología legal” como única referencia para un correcto ejercicio.
El libro queda dividido, pues, en tres partes: “Ethics”, “Professional Ethics” y “Dental Jurisprudence”, sumando un total de veintiún capítulos.
II. 1- “Ethics.”
La primera parte no es otra cosa que un resumen del libro del mencionado Paulsen, hasta el punto de que en el encabezado de las páginas consta el título del libro, “System of Ehtics”, de la misma manera que es el único autor citado a pie de página. Los siguientes nueve capítulos la conforman.
I.- El ideal moral.
II.- Evolución de la moral, deber y conciencia.
III.- Egoísmo y Altruismo. Virtud y Felicidad. Moralidad y Religión. Libertad de albedrío.
IV.- Doctrina de virtudes y deberes, Autocontrol, Templanza, Valor.
V.- La vida corporal, Comida y bebida, Vivienda y Vestimenta, Descanso y Recreo, La Vida económica.- Profesión o Vocación.- Frugalidad y Extravagancia.
VI.- La vida espiritual y la cultura, Ciencia y Arte, Honor, Autoconocimiento.
VII.- Compasión y Benevolencia, Justicia, Magnanimidad.
VIII.- Amor al prójimo.- Limitaciones.- Caridad.- Egoísmo.- Amor.
IX.- Veracidad.- Mentira de necesidad.- Promulgación de la verdad.- El martirio por la verdad.
Nuestro autor elige oportunamente para introducir el tema un editorial aparecido el 18 de octubre de 1904 en el Chicago Tribune titulado “The Medical Ethical Code”, que se remonta al Juramento Hipocrático, paradigma ético en la historia de la medicina, pero también de cualquier otra profesión secular.
“Ética y moralidad son términos sinónimos y pueden definirse de manera comprensible como ‘La ciencia que trata sobre las acciones humanas y los afectos mentales considerados como virtuosos y viciosos, como correctos o incorrectos’ y también como la aplicación de esta ciencia a la conducta de la vida, en otras palabras, el arte de vivir correctamente. En estas materias, como en otras tantas, el arte precede a la ciencia, sin embargo, el objetivo principal de comprensión de la ciencia es el de permitirnos perfeccionar el arte.”
Algunos han tratado de distinguir entre estas palabras y llamar a la ética como una ciencia y a la moralidad un arte. Prefiero ensanchar la importancia de ambas palabras, y decir que la ética, además para ser la ciencia de valores morales incluye también el uso de sus hechos y teorías de la conducta de vida, y que podemos tener una teoría así como una práctica de moralidad, por lo tanto que podemos tener la práctica ética así como la ciencia ética y la teoría moral así como la conducta moral.
No es razonable esperar que la conducta profesional de un hombre será buena si su carácter y conducta en otros aspectos son malos. Debemos tener una justicia general de carácter y corrección de vida si esperamos soportar las pruebas de tiempo y de tentaciones profesionalmente. Es apropiado, por lo tanto, considerar, con tanta concisión y tan brevemente como podamos, alguno de los principios más importantes y los requisitos de la ética antes de descubrir su uso en la conducta profesional.
Finalmente, antes de pasar a desarrollar lo que sería un curso entero de ética, en lo cual no podemos detenernos ahora debido al poco tiempo que tenemos, Edmund Noyes tiene una aspiración de satisfacción: “algo que puedo decir en el tiempo asignado puede ser completamente inadecuado e insatisfactorio, considerado como una exposición de gran ciencia y arte de moralidad. Si puedo hacerlo de algún pequeño valor considerado como una base o autoridad, e introducción a la ética profesional, estaré satisfecho”.
II. 2.- “Professional ethics.”
Forman esta segunda parte un total de siete capítulos, a saber:
X.- Ética de los negocios, del empleo, de las profesiones.
XI.- Publicidad profesional. Ganancias por la práctica profesional. Impuestos a pacientes.
XII.- Los deberes del dentista con sus compañeros y con la profesión dental. Trabajos leídos en reuniones de sociedades. Cuotas.
XIII.- Especialistas.
XIV.- Comisiones y divisiones de honorarios. Códigos éticos.
XV.- Patentes.
XVI.- Principios de ética médica de la “American Medical Association.”
El principal objeto de la práctica de la odontología, por el que la profesión de dentista existe, es el bienestar de los pacientes y pertenece a nuestro cuidado. Esto es de suma importancia y si los demás derechos y obligaciones entran en conflicto con éste, deben de ceder en beneficio de aquél.
De entrada: La exigencia ética más importante en cada negocio es que todas las partes salgan beneficiadas.
El desempeño de la profesión de dentista no es el del comerciante puro pues se anteponen algunos valores que predominan en el panorama de la relación clínica. Algunos párrafos definitivos son los que transcribimos pues hablan por sí solos, si bien nos llamará la atención su actualidad. A modo de biopsias que tomamos para diagnosticar la calidad de este libro, son los siguientes:
Los intereses de los médicos y de los dentistas tienen importancia extrema, implicando la simetría personal y la belleza, la comodidad y la salud, no raras veces la vida misma. La comunidad debería esperar, y las profesiones deberían procurar mantener en sus filas, el estándar más alto de salud, una mejor educación, la inteligencia mayor general, y por encima de todo, un alto estándar de excelencia moral y la escrupulosidad más escrupulosa.
La relación de un dentista y su paciente no es la del vendedor y el comprador, ni la de patrón y empleado. Es una confianza; se confió al dentista el paciente, quien confía su futura comodidad, belleza, salud, no raras veces la prolongación de vida sí mismo, al conocimiento, la habilidad, el buen juicio, la sinceridad, la honestidad y el desinterés del dentista.
Especialistas: escrito a primeros de siglo anterior, justo cuando intentan consolidarse las especialidades odontológicas –que comenzaron una autonomía por término general a finales del siglo XIX-, Noyes tiene dudas sobre el correcto ejercicio de las mismas en exclusividad. Quien se anuncia como tal especialista debe poseer unos conocimientos y destreza especiales en ese campo, y la ley se los requiere por encima de cualquier otro práctico general, cosa que ignoran algunos jóvenes, quienes se anuncian especialistas después de una o dos escasas semanas de formación. Una aceptable formación se conseguiría después de un año de aprendizaje en una buena escuela dental que emitiera el correspondiente título después de examen, por ejemplo ante el State Board of Examiners.
Pensemos en lo que dice ahora: “Cuando un hombre que ha restringido su práctica durante algunos años al tratamiento de la piorrea (que es una enfermedad de la membrana peridental) confiesa que nunca ha visto una imagen microscópica de la membrana peridental es una justa manera de confesar que nunca hizo un intensivo estudio científico de su estructura, su función o sus enfermedades”. Su especial talento estará limitado a las técnicas operatorias y al uso empírico de fármacos que haya usado, si es que no ha estorbado a los esfuerzos de la propia naturaleza… (Lo mismo sucederá con el ortodoncista que desconozca el crecimiento cráneo-facial y se limite a colocar aparatos para corregir malposiciones dentales.) Si así obrara, incumpliría la sección segunda del código ético de la American Dental Association.
Papeles leídos ante las sociedades dentales. En este momento, el autor aboga por la originalidad en la preparación de las comunicaciones, así como rechaza la postura de quienes, con algunas notas hace una lectura extemporánea con materiales que estudió quince o veinte años atrás. Tampoco le son de recibo aquellas comunicaciones escritas pocos días antes de la reunión, incluso en el viaje. Y si alguien lee un paper ante otra sociedad previamente, debería pedir permiso a ésta, y los derechos de publicación le pertenecerían también a la primera, debiéndose de evitar también la reelaboración de la publicación. También es criticable la presencia de autores que no fueron tales, sino que acompañan a los primeros firmantes.
II. 3.- “Dental Jurisprudence.”
Finalmente, bajo este rótulo se agrupan los cinco últimos capítulos del libro que corresponden a los siguientes títulos:
XVII.- El status del dentista. El derecho a la práctica. Poder del Estado para regular la práctica. Relación entre dentista y paciente.
XVIII.-Responsabilidad para indemnización. Esposas, menores, padres, tutores, etc. Infracción de contrato.
XIX.- Responsabilidad con el paciente por mala práctica. Por infectar al paciente. Por operar sin consentimiento. Daños. Estatuto de limitaciones. Definición de mala práctica.
XX.- Responsabilidad del dentista con el Estado. Responsabilidad por práctica ilegal. El dentista como testigo. Comunicaciones privilegiadas. Testimonio como experto. Identificación de cadáver. Derecho a jurado.
XXI.- Inclusión de cuentas de pólizas de seguros.
En primer lugar, el autor recoge las dificultades tradicionales para ubicar en el lugar que le corresponde a la dentistería, o sea, definir cuál es su territorio y quién debe de trabajar en él de acuerdo a una capacitación previa. Mientras para algunos es una rama de la medicina o de la cirugía, para otros es una profesión autónoma, pero no de índole exclusivamente mecánica porque requiere de unos conocimientos previos de “fisiología de la dentadura[12]” de acuerdo a una resolución de la Mississippi Court of Errors and Appeals, pero el autor traerá también algunas resoluciones de otros tribunales que intentan afilar el lápiz que redacte finalmente una definición del arte dental.
Es muy aceptable, en este sentido, la legislación de Illinois, que en su “sección 5” dice lo siguiente: Cualquier persona puede ser considerada practicante de dentistería o de cirugía dental con este significado si trata o profesa el tratamiento de cualquier enfermedad o lesión dental o maxilar, o extrae dientes, o prepara y obtura cavidades en dientes humanos o corrige las malposiciones dentales o suministra dentaduras artificiales para sustituir a la dentadura humana. Con tal que nada en este acto sea interpretado para impedir a los médicos y cirujanos extraer dientes[13]. Y el estatuto de Maryland es más generoso al suplir “dientes y maxilares” por “boca”, con lo cual, según el autor, queda ampliado el campo de acción del dentista.
Uno de los asuntos más sorprendentes tratados en esta tercera parte del libro es el relativo a la responsabilidad por tratar al paciente sin su consentimiento. Aunque tengamos la percepción de que se trata de algo si no nuevo, al menos de introducción relativamente reciente en la relación clínica –el “Consentimiento Informado”-, advierte el autor cómo Toda persona tiene el derecho a la inviolabilidad de su persona y se remonta en su comentario a una disposición de 1888, “el Estado versus Housekeeper.” Si el práctico opera sin el consentimiento de el paciente cuando está en condición de ser consultado, es responsable de daños en una acción por agresión con lesiones. En odontología muy raras veces resultará que la necesidad urgente de una operación inmediata surgirá cuando el paciente está en tal condición como para ser imposible consultarlo. En caso de discapacitados o niños (menores de 17 años) sería necesario el consentimiento del padre o tutor. En casos de necesidad extrema sí podría hacerlo, si bien debe operar teniendo en cuenta las consecuencias de un posible litigio. Por último, el paciente, advertido de la falta de pericia por el propio profesional, o habiendo notado él mismo dicha impericia, una vez surgida alguna complicación no tendría derecho a quejarse. No es de extrañar, pues, que cuando la Bioética irrumpió en los planes de enseñanza de las Facultades de Odontología a finales del siglo pasado[14] y comienzos de éste, buscara con urgencia fuentes potables para regar este campo que urge cuidar toda vez que no empieza sino a verdear. Ante la ausencia de textos actuales solventes[15], que probablemente se hallen en construcción, no es de extrañar que el libro de Edmund Noyes haya sido una referencia casi imprescindible casi un siglo después y siempre desde el punto de vista histórico, pues no ha cambiado lo básico tanto como lo accesorio, por eso sigue siendo útil en cuanto que algunas de las cuestiones planteadas nos guían en la reflexión. Por ello no es de extrañar que tuviera una reedición nada menos que en el año de 2008. ¿Cómo curiosidad bibliográfica? No sólo.
[1] Cfr. el muy útil libro de Jonsen, A.J. Breve histórica de la ética médica. Madrid, Universidad Pontificia de Comillas-San Pablo, 2011.
[2] Cfr. entre la magna obra de Gracia, D. Fundamentos de Bioética. Madrid, Triacastela, 2007 (2ª edición). También: Sánchez González, M.A. Bioética en Ciencias de la Salud. Madrid, Elsevier, 2021.
[3] Perspectives in Biology and Medicine, 14, 1, 1970, págs. 127-153.
[4] Kosmos: Handweiser für Naturfreunde, 24, 1, 1927, págs. 2–4.
[5] Wahl, N. Rodrigues Ottolengui, MDS, DDS, LLD, FACD. American Journal of Orthodontics and Dentofacial Orthopedics, 3, 2000, págs. 365-366.
[6] Ottolengui, R. Dental Ethics and Dental Patents. The Dental Patents, 11, 1911, págs. 1244-1253.
[7] Anónimo. Obituary. Dr. Edmund Noyes. The Dental Cosmos, 69, 1927, págs. 654-655. Black, A. Edmund Noyes, D.D.S., F.A.C.D. (1842-1927). The Journal of American Dental Association, 5, 1927, págs. 927-928. Sanz, J. Diccionario biográfico histórico de Dentistas. Madrid, Delta, 2019, págs. 117-118.
[8] Anónimo. Frederick Bogue Noyes. The Angle Orthodontist. 31, 4, 1961, págs. 264-265. Graber, T.M. Frederick Bogue Noyes. American Journal of Orthodontics & Dentofacial Orthopedics, 5, 1927, págs. 927-928.
[9] Jump, E.B. In Memoriam. Dean Harold J. Noyes. The Angle Orthodontist. 39. 3. 1969, págs. 215-216.
[10] En efecto, Leslie Childs, de Greenfield, Indianapolis, publicó una serie de 24 artículos en esta revista antes de la aparición de la segunda edición, en septiembre de 1923.
[11] Noyes, E. Ethics and Jurisprudence … Preface, 6.
[12] Ídem., pág. 170.
[13] Ídem., pág. 172.
[14]Cfr. Gracia Guillén D. La bioética: una nueva disciplina académica, Jano 781, 1987, págs. 69-74. Muy interesante asimismo Simón Llorda, P. Barrio Cantalejo, M. Un marco histórico para una nueva disciplina: la bioética. Medicina Clínica, 15, 1995, págs. 583-597.
[15] Es de gran utilidad el repertorio de Rules, J.T. y Veatch, R.M. Ethical Questions in Dentistry Quintessence Pub. Co., 2004 (2ª edición).